¿Sabías que si tenés más de 15 materias aprobadas de carreras del Nivel Superior podés acceder a una suplencia?
Lee con atención y adelante…
La carpeta de antecedentes en el Nivel Secundario es virtual y se integra de diferentes archivos digitales que se van cargando según la normativa vigente. Los escaneos siempre deben hacerse desde la documentación original, que sean legibles y completos(se recomienda formato PDF). No se debe hacer escaneos a documentación con sellos que digan «copia fiel». Cuando se trate de archivos electrónicos (que poseen firmas electrónicas) o digitales emitidos en ese formato desde su lugar de origen ( como por ejemplo la constancia de Cuil que se descarga de la web de Anses o la de antecedentes penales, etc ) no es necesario que se impriman y le saquen foto, directamente esos archivos digitales se adjuntan en la postulación sin alterar su formato.
Nota: Utilice aplicaciones como CamScanner o similar para el escaneo de documentos.
Postulación en la plataforma GEI de un ofrecimiento a suplencia de un cuarto llamado o siguiente se debe adjuntar:
1- DNI (anverso y reverso) . Excluyente (puede ser DU digital).
2- Constancia de CUIL (su ausencia no será causal para excluir al postulante, ya que fue presentado con anterioridad a fin de tener usuario de GEI PAD) No excluyente.
3 – TITULACIÓN en la que se concrete alguna de las siguientes situaciones:
- Bono de Puntaje Vigente con la incumbencia respectiva
- Bono de Puntaje Vigente sin incumbencia más analítico de la carrera ( completa o incompleta) en la que el postulante si posee incumbencia.
- Título analítico registrado por el Área de Títulos y Estudios de la DGE con la incumbencia.
- Título analítico registrado por el Área de Títulos y Estudios de la DGE SIN incumbencia, más analítico de la carrera ( completa o incompleta) en la que el postulante si posee incumbencia.
ACLARACIONES SOBRE TITULOS Y CERTIFICADOS
Solo se pueden registrar Títulos, es decir que si se trata de un estudiante del nivel superior con materias aprobadas, solo podrá registrar el título secundario, ya que el analítico incompleto del nivel superior no se puede registrar.Para los casos excepcionales de títulos provisorios de egreso de la Universidades, que cuentan con «el registro» fehaciente del Área de Título de la DGE, a los fines del concurso de suplencias , tienen validez de un año a partir de su fecha de emisión.
4 – CERTIFICACIONES DE CARRERAS INCOMPLETAS DE ESTUDIANTES
- Haber aprobado una materia, como mínimo, dentro de los tres últimos años desde la fecha del llamado, para acreditar su condición
- Acreditar 15 (quince) materias, aprobadas, como mínimo, del plan de estudios.
- Los ciclos nivelatorios no habilitan para el desempeño en docencia y las materias aprobadas dentro de ellos no se computan
- El certificado o constancia deberá tener formato de analítico, incompleto o completo, firma digital o firma hológrafa de autoridad igual o superior a secretario académico o director académico. Los certificados emitidos con QR deberán presentarse con sello y firma de autoridad competente. Nuestros estudiantes los deben solicitar al email 9010.secretaria@gmail.com
- ¿Cómo registrar un título?
- El registro de título no sirve como legalización.
- NO se registran CURSOS
- NO se registran “certificados de estudios”.
- Solo se registran titulaciones de grado y Nivel Secundario. No Postítulos de formación continua.
- El trámite es exclusivamente online.
- Genere un formulario en la web del Gobierno de Mendoza, seleccionando la opción de «Dirección General de Escuelas» para la gestión y en la descripción del trámite colocar «Registro de Título». De esta forma se genera el formulario en donde se deberán completar los datos personales y luego adjuntar foto o escaneo del DNI y finalmente el Título y Analítico escaneado en un solo PDF (verificar que el escaneo sea legible).
- El archivo en PDF no debe superar los 10mb.
- https://ticketsform.mendoza.gov.ar/ticketsform/servlet/responderformulario?VU_FORM_SOLICITUD_DE_INGRESO_DE_TRAMITE
- Una vez realizado el trámite se genera un número de ticket que acredita la gestión y posterior a ello el interesado podrá llevar un seguimiento con el número de trámite proporcionado y ver el avance hasta que se visualice la gestión concluida con el registro del título reqlizado y el archivo listo para descargar con la firma electrónica que avale el registro.
- https://tickets-web.mendoza.gov.ar/ticketspubprd/servlet/pubtickethome
- Requisitos y Procedimientos
- Ingresar al Formulario ONLINE, seleccionar DIRECCIÓN GENERAL DE ESCUELAS, completar con los datos personales y especificar en la descripción del trámite “Registro de Título”
- Adjuntar D.N.I. en un archivo en formato PDF (que no supere los 10 Mb)
- Adjuntar ANALÍTICO Y TÍTULO/DIPLOMA escaneado en un solo PDF (que no supere los 10 Mb).
- Si su título ha sido emitido FUERA de la Provincia de Mendoza, deberá presentarse en el área de Títulos y Estudios para proceder a la certificación de las firmas.
- El archivo debe ser CLARO Y LEGIBLE, requisito excluyente.
- El título original debe estar en BUENAS CONDICIONES DE CONSERVACIÓN, requisito excluyente.
- TÍTULO Y ANALÍTICO escaneado en un solo PDF (que no supere los 10 Mb).
5- PSICOFISICO:
Para el caso de psicofísicos emitidos hasta el 31/12/24 rigen los alcances de las resoluciones 29 y 172 DGE 17 y su validez es de 8 años desde su fecha de emisión, hasta el plazo que determina cada psicofísico ya otorgado, salvo las excepciones que el Gobierno Escolar y/o Servicio de Auditoría Médica (SeAM) así lo determinen.
Para el caso de los psicofísicos emitidos a partir del 1/1/25 rigen los alcances de la Resolución 6641-DGE-24.
Posibles situaciones:
Docente que ya posea certificado de aptitud psicofísica, apto o apto con preexistencia, deberá estar VIGENTE al momento de presentarse a una suplencia y si la situación lo requiera, adjuntar certificado de aptitud específico y/o complementario, según Anexo I, 2 a y 2 b RES. 6641/24.
b. Docente con bono de puntaje y sin bono de puntaje, que opte por primera vez a una suplencia de cargos iniciales del escalafón y horas cátedra: podrá presentar POR ÚNICA VEZ certificado médico expedido por efector público. Obtenida la suplencia deberá iniciar, dentro de las 48 hs posteriores, ante Servicio de Auditoría Médica (SeAM) el trámite previsto a fin de que se le otorgue el código requerido para la realización del certificado de aptitud psicofísica.
El código otorgado servirá para optar por otras suplencias durante el plazo de 60 días corridos desde su emisión.
Los certificados médicos expedidos por efector público podrán ser solicitados en:
Centros de Salud, Hospitales: validez de 60 días corridos desde su
emisión.
CONI: validez establecida expresamente en el certificado.
Hospitales privados de nivel 4 (centros de atención de salud con infraestructura y personal capaz de atender situaciones complejas) 60 días
No se aceptarán certificados de profesionales particulares u otras instituciones privadas.
6 – DECLARACION JURADA DE HORAS Y CARGOS. Se trata de un formulario digital que se obtiene desde el sistema GEI y tiene una vigencia de 7 días desde su emisión. En un llamado virtual la declaración jurada ya figura en el sistema, sin embargo si la misma posee errores, entonces habrá que adjuntar las probanzas necesarias que rectifiquen dicha situación.
Descargar Declaración Jurada de Cargos
Para poder participar de un llamado virtual es necesario tener creada una cuenta personal en GEI y además tener activado el ROLPAD DOCENTE caso contrario no podrá participar en las postulaciones para las suplencias en cuarto llamado del nivel secundario.
7– CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES: A partir del 11 de abril de 2022 es requisito presentar en los concursos a suplencia
¿Cómo gestionar el Certificado de antecedentes Penales?